lunes, 14 de marzo de 2011

Comparendos con más de tres años sin cobro tendrán que ser borrados


Cuando la administración no inicia el proceso de jurisdicción coactivo después de 3 años contados a partir de que se entregue en comparendo, se presenta la caducidad del mismo por vencimiento del término, según se manifiesta en una importante circular emitida por el Ministerio de Transporte.

Los comparendos tienen un tiempo de 6 meses después de ocurrido el hecho, para pasar por el debido proceso administrativo, es decir, de que se celebre efectivamente la audiencia, en caso contrario se presenta la figura de  caducidad, agrega el Ministerio de Transporte en la circular emitida para los gobernadores, alcaldes, organismos de transito y Superintendencia de Puertos y Transporte. Esta ordenanza está contenida, en el artículo 26 de la ley 1383 de 2010.

En consecuencia, el Ministerio de Transporte deben dar  cumplimiento al mandato constitucional, ellos piden a los organismo de transito, respetar esta norma, aceptando los hecho en caso de encontrarse ante el vencimiento de termino de los comparendos.

1 comentario:

  1. De que forma, pedir el cumplimiento de esta norma, ayer entre en el simit y tengo registrado resoluciones? desde 2003 hasta 2008.. puedo pedir la anulación de estas?

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