El promotor de la iniciativa, el senador Juan Lozano Ramírez, presidente de La U –colectividad a la cual pertenece Eduardo Carlos Merlano Morales– explicó que “vamos en tercer debate y es un gran avance porque cuando sea requerido un conductor para hacerse la prueba de alcoholemia y se niegue se aplica una sanción que consiste en que su licencia se puede suspender entre 5 y 10 años y además pueden proceder las multas que en su momento se establezcan”.
Adicionalmente señaló que con este proyecto de ley se llena un vacío que existe en el Código Nacional de Tránsito. “Suplimos el vacío y ya avanzamos hacia una cultura de cero tolerancia en la mezcla de alcohol y conducción”, sostuvo.
Afirmó que hoy los conductores que manejan embriagados y se les determina grado uno de alcoholemia, “no tiene ninguna sanción, eso no existe hoy regulado en el Código y por eso tantas personas se cogen confianza y luego causan accidentes fatales”.
El senador Lozano hizo un llamado a los colombianos para que cuando vayan a tomar no manejen. “El mensaje y el sentido del proyecto es muy claro: el que va a tomar trago no puede manejar”.
Sanciones
Entre 20 y 39 mg de etanol en la sangre - Suspensión de la licencia de conducción entre seis y 12 meses.
Primer Grado
Entre 40 y 99 mg de etanol en la sangre - Suspensión de la licencia de conducción entre 1 año y tres años.
Segundo Grado
Entre 100 y 149 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre 3 años y 5 años.
Tercer Grado
De150 mg de etanol en adelante – Suspensión de la licencia de conducción entre 5 años y 10 años.
Adicionalmente, el proyecto decreta sanciones pecuniarias o multas que serán reglamentadas por el Gobierno Nacional.
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